lunes, 17 de abril de 2017

Ley de Infogobierno de Octubre del 2013

La ley establece el carácter de obligatoriedad del uso de las Tecnologías de Información en el ejercicio de las competencias del Poder Público.

La Asamblea  Nacional (AN) publicó en Gaceta Oficial N° 40.274, de fecha 17 de octubre, la Ley de Infogobierno, con el objetivo de establecer los principios, bases y lineamientos que regirán el uso de las Tecnologías de Información en el Poder Público a fin de mejorar la gestión y los servicios que se prestan a las ciudadanas y ciudadanos.

La Ley de Infogobierno establece las normas, principios y lineamientos aplicados a la Tecnología de la Información, con el fin de mejorar la gestión pública y hacerla transparente, facilitar el acceso de las ciudadanas y ciudadanos a la información en sus roles de contralor y usuario, además de promover el desarrollo nacional que garantice la soberanía tecnológica.

Finalidad de la ley
Esta Ley tiene como fines;

1.- Facilitar el establecimiento de relaciones entre el Poder Público y las personas a través de las
tecnologías de información.

2. Establecer las condiciones necesarias y oportunas que propicien la mejora continua de los servicios que el Poder Público presta a las personas, contribuyendo así en la efectividad, eficiencia y eficacia en la
prestación de los servicios públicos.

3. Univerzalizar el acceso de las personas a las tecnologías de información libres y garantizar su apropiación para beneficio de la sociedad.

4. Garantizar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes de las personas, a través de las tecnologías de información.

5. Promover el empoderamiento del Poder Popular a través de la generación de medios de participación y organización de las personas, haciendo uso de las tecnologías de información.

6. Garantizar la transparencia de la gestión pública, facilitando el acceso de las personas a la información pública.

7. Apoyar el fortalecimiento de la democracia participativa y protagónica en la gestión pública y el ejercicio de la contraloría social.

9. Establecer los principios para la normalización y estandarización en el uso de las tecnologías de información, a los sujetos sometidos a la aplicación de esta Ley.

10. Promover la adquisición, desarrollo, investigación, creación, diseño, formación, socialización, uso e implementación de las tecnologías de información libres a los sujetos sometidos a la aplicación de esta Ley.

11. Establecer las bases para el Sistema Nacional de Protección y Seguridad de la Información, en los términos establecidos en la presente Ley y por otros instrumentos legales que regulen la materia.

12. Fomentar la independencia tecnológica y con ello fortalecer el ejercicio de la soberanía nacional, sobre la base del conocimiento y uso de las tecnologías de información libres en el Estado.



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